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Google Ads tienen sustento de gasto en Sunat Peru?

Enviado por Alfredo en 12 Julio 2010 – 12:31 PM | 1,187 views3 Comentarios

Las conclusiones de nuestra área legal fue:

Estando a lo antes señalado, somos de la siguiente opinión:

  1. Comprobante de Pago Facebook: El documento alcanzado SI cumple con las condiciones mínimas exigidas por la norma peruana y por tanto podrá sustentar costo o gasto tributario.
  2. Comprobante de Pago de Google: El comprobante de pago no cumple con los requisitos mínimos y por tanto NO podrá sustentar costo o gasto tributario.  Este documento no contiene:
  • El domicilio del prestador del servicio.
  • La naturaleza u objeto de la operación.

Solución

Luego de buscar en varios lugares, llege con Wilson Cabezas de www.deperu.com que me aclaró la duda que tenia.

Aqui un extracto de su artículo:

“La legislación peruana permite sustentar como gasto los costos de servicios internacionales (importación de servicios) por el cargo de publicidad, tal es el caso de Google Adwords.”

Entonces seria un gasto deducible por un no domiciliado en el Perú, la ley del impuesto a la renta en el artículo 21  lo señala. Dichos comprobantes deben de contener al menos: El nombre, la denominación o razón social, el domicilio del prestador de servicio, la naturaleza u objeto de la operación, la fecha y el monto de la misma.

Aqui el detalle del artículo donde se muestra como obtener la factura.

http://adwords.deperu.com

3 Comentarios »

  • Rafa dice:

    Hola Alfredo

    Dentro de tu análisis, se te ha olvidado un detalle MUY IMPORTANTE. Los servicios de Publicidad online (como Adwords) están considerados como SERVICIOS DIGITALES en la ley del Impuesto a la Renta prestados por un NO DOMICILIADO (mira las definiciones del artículo 4 del reglamento del impuesto a la renta). Esto te obliga a que, si quieres utilizarlo como Costo o Gasto, debas realizar la liquidación del impuesto a la renta por el servicio de Adwords (30%)

    Es decir, si no pagas el 30% de retención del impuesto a la renta de Adwords, entonces no es deducible como gasto o costo

  • Alfredo dice:

    Gracias por el comentario Rafa. Este mes voy a utilizar Addwords

  • hubert dice:

    muy buenas respuestas del sr. cabezas y de rafa, ambas se complementan a la perfección

    muy buena investigación, leído lo recomendado puedo ingresar mis pagos de Adwords a mi contabilidad

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